Luz verde a Zonas de Oportunidad

A sólo días de que el país escoja a una nueva administración política, este 8 de noviembre finalmente entrarán en vigor los beneficios locales concedidos a negocios que cualifiquen para el esquema federal de Zonas de Oportunidad. Desde entonces, quienes inviertan en estos proyectos podrán solicitar exenciones y créditos contributivos así como procesos de permisos expeditos. Estos beneficios constituyen una capa adicional de privilegios que el gobierno le ofrece a empresas que reciben trato preferencial a la hora de hacer negocios en Puerto Rico a través de otros incentivos o de programas financiados con fondos públicos, tales como los de la subvención CDBG-DR.

 

Las disposiciones del Código de Incentivos que regulan las Zonas de Oportunidad se implementarán a través de un reglamento cuya versión final mantiene la preocupante política de pedirle pocas o ningunas cuentas a quienes van a disfrutar de una posición privilegiada a la hora de desarrollar y obtener ganancias de sus negocios. El pasado 28 de septiembre, el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) anunció que se disponía a aprobar el Reglamento de Zonas de Oportunidad y proveyó un término de 30 días para una nueva ronda de comentarios del público. Sin embargo, el 9 de octubre - antes de que se cumpliera el término - la agencia procedió a presentar el documento ante el Departamento de Estado. 

 

Esta versión final del Reglamento no atiende las preocupaciones que Ayuda Legal Puerto Rico comunicó al DDEC a través de comentarios presentados al borrador publicado por la agencia en febrero. En ese entonces, señalamos que el esquema de Zonas de Oportunidad, que provee beneficios contributivos a nivel federal e incentivos adicionales a nivel local, no requiere rendición de cuentas por parte de los inversionistas beneficiados, no contiene criterios que garanticen beneficios a las comunidades y no contemplan la participación del público en la toma de decisiones. Además, advertimos que, al carecer de una perspectiva de desarrollo económico comunitario que garantice el derecho a la vivienda digna, esta política, que aplica al 98% del territorio puertorriqueño, provocará el encarecimiento de la propiedad, la especulación sobre el suelo y desplazamientos forzosos, todas consecuencias que ya se han visto en otras jurisdicciones.

 

En algunas áreas, el Reglamento aprobado es aún peor que el borrador que tuvimos la oportunidad de comentar. Por ejemplo, ahora se elimina por completo el requisito de crear empleos para que se considere que un negocio que ya estaba operando realizó una expansión sustancial que le haga elegible para los incentivos locales. La agencia eliminó su propia definición de “expansión sustancial” y sólo dejó una referencia a una disposición federal más laxa que lo propuesto originalmente. Contrario a esto, habíamos recomendado requerir que los empleos creados provean condiciones de trabajo dignas y estén disponibles, en primera instancia, a residentes de la comunidad circundante. 

 

Por otro lado, el DDEC debilitó todavía más su el mecanismo de rendición de cuentas que permitiría evaluar si se está generando actividad económica beneficiosa para las comunidades de ingresos bajos y cuantificar así el retorno de inversión, es decir cuánto gana o pierde Puerto Rico a cambio de sacrificar los potenciales ingresos por concepto de impuestos que se dejan de recibir. Así no podemos saber si quien recibe los incentivos está cumpliendo con lo que prometió en su solicitud inicial de un decreto contributivo.

 

La política pública que está implementando el DDEC a través del Código de Incentivos y el Reglamento de Zonas de Oportunidad no provee protecciones contra el desplazamiento y la explotación de comunidades donde se podrían establecer estos proyectos ni incentivan un desarrollo económico que atienda sus necesidades y deseos o que respete su derecho a permanecer. Ante el inminente cambio que resultará de las elecciones, es preciso cuestionar si la próxima administración mantendrá la política de incentivos sin rendición de cuentas o si, en cambio, actuará para establecer garantías mínimas para la inclusión de las comunidades en los planes de desarrollo económico. Independientemente de ello, exhortamos a las comunidades a que estén vigilantes ante las propuestas y proyectos que involucren sus espacios de vida, trabajo, recreación y ocio, especialmente aquellos que se desarrollan sin su insumo y participación.

Nuestros comentarios al Reglamento de Zonas de Oportunidad:

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